Por la inclusión, integración y participación

La Cámara de Diputados de la Nación sancionó con fuerza de Ley un proyecto por medio del cual la Argentina ratifica la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada por la Organización de los Estados Americanos en 2015.

En los últimos meses de 2014, OSMISS –Obra Social de Ministros, Secretarios y Subsecretarios– junto a un grupo de entidades y personalidades con marcada trayectoria en el ámbito nacional en diversas problemáticas de este sector, fundaron el FORO INTERDISCIPLINARIO DE PERSONAS MAYORES, FIPeM, un ámbito de participación, reflexión y compromiso, cuya finalidad es generar políticas públicas destinadas a la inclusión de las personas mayores en la vida comunitaria, contribuir a cambiar la mirada sobre ellas y superar su marginación, que tanto empobrece el entramado social.

En este sentido, el Foro llevó a cabo dos Congresos de Políticas Públicas con una fuerte participación de organizaciones sociales, representantes del sector público, del ámbito académico y de los distintos credos religiosos.

En dichos eventos se impulsó el análisis y el debate de la situación de los adultos mayores y se redactaron propuestas que fueron elevadas luego al Congreso de la Nación, al Poder Ejecutivo y al Vaticano, y fueron expuestas e incluidas en las cumbres sociales del MERCOSUR y en el Foro Ciudadano del UNASUR.

Algunos de los avances obtenidos se detallan a continuación:

El 17 de julio de 2015, en Brasilia, en la Cumbre Política del MERCOSUR, el FIPeM, participante de la Comisión Argentina, impulsó en la declaración para Presidentes un punto que reza:

“Las organizaciones sociales presentes en esta cumbre reconocen la contribución de la región de sus gobiernos y de los países de los actores sociales en la declaración de la OEA del 15 de junio 2015, que expresó la necesidad de contar con un instrumento regional, jurídicamente vinculante para proteger los derechos humanos de las personas mayores y promueve el envejecimiento activo en todos los niveles que garanticen su dignidad durante toda su vida.”

En la Cumbre del Mercosur realizada el 17 y 18 de diciembre del mismo año, en la ciudad de Atyra-Paraguay, se avanzó sobre puntos exclusivos de los que no se había hablado hasta el momento. Se trataron temas sobre las Personas Mayores y su inclusión social y se logró hacer presentes en la Declaratoria para Presidentes participantes de la Cumbre, las ideas que promueve y sostiene el FIPeM y las conclusiones generadas a partir del 1er Congreso Nacional de Políticas para Personas Mayores.

De esta manera, el FIPeM logró plasmar y hacer real la posibilidad de crear una Secretaría para la Tercera Edad en el PARLASUR, cuya base y propósito es generar herramientas de participación social, que tengan como punto de partida la diversidad e integración plena de las Personas Mayores y garantice el cumplimiento y la protección de sus derechos:

“En reconocimiento de los DDHH plasmados en la “Convención Interamericana sobre la protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”, consideramos que el respeto a dicha franja etaria es de vital importancia para una sociedad inclusiva que valora su historia, la sabiduría y su experiencia. En tal sentido solicitamos que el Consejo del Mercado Común acceda a la recomendación efectuada por el PARLASUR, mediante Recomendación MERCOSUR/PM/ SO/REC. 02/2009, de creación de la Secretaría Permanente de Adultos Mayores del Mercosur para garantizar sus derechos observando el cumplimiento de los mismos.“

En el Foro Ciudadano de la UNASUR llevado a cabo en Quito entre el 16 y el 18 de noviembre de 2016, el FIPeM logró insertar en la agenda sobre Adultos Mayores la importancia de la participación de la sociedad civil y se aprobaron los puntos del documento generado por las comisiones que integraba.

Se destacó la vital importancia de mejorar y promover los Derechos de los Adultos Mayores y se señaló la necesidad de adecuar las estructuras de la UNASUR para producir políticas en beneficio de esta franja etaria, como parte integrante de los derechos de nuestros pueblos. Se apuntaba así a cambiar el paradigma del envejecimiento por una nueva cultura del respeto a la vejez, basada en la ética, la diversidad y la dignidad.

Se insistió en impulsar la ratificación de la Convención de la OEA del 15 de junio del año 2015.

Se acordó crear un observatorio de vigilancia para los derechos de las Personas Mayores dentro de la región, y estructurar en UNASUR políticas para el fortalecimiento de la seguridad social, recreación y derechos en general.

En todos los ámbitos de participación, el FIPeM impulsó la ratificación de esta Convención de la OEA como instrumento jurídico regional para garantizar el derecho a la igualdad, a la vida, a la salud y la dignidad en la vejez, a la independencia y a la autonomía, a la vivienda, a la participación y a la integración comunitaria, a la seguridad y a vivir una vida sin violencia.

Hoy podemos celebrar la incorporación de la Convención de la OEA como parte del derecho vigente en nuestro país que contribuye al fortalecimiento de medidas legislativas, administrativas, judiciales y al diseño e implementación de políticas públicas de promoción de los derechos de las personas mayores.

El FIPeM bregó en cada una de sus participaciones por la ratificación de la Convención. Sin embargo, queda aún un largo camino a transitar.

Como consecuencia de estas legislaciones, las intervenciones sectoriales en materia de envejecimiento y desarrollo deberían llevar a la práctica los derechos reconocidos legalmente. No obstante, las normas legales no siempre se traducen en una cobertura real de los derechos en la vejez .

La brecha de jure y de facto de los derechos en la vejez obedece en parte a la inexistencia de mecanismos de exigibilidad. En este sentido, existen falencias en cuanto a la información. Los Estados tienen la obligación positiva de producir y entregar información pertinente en relación con los derechos de las personas mayores que ya están reconocidos en su legislación nacional.

Si bien existen experiencias en esta dirección, en la mayoría de los países las personas mayores desconocen los derechos que les han sido reconocidos, lo que reduce su efectividad.

Por otra parte, la exigibilidad también depende del presupuesto público. En la mayoría de las legislaciones existentes no se hace alusión a las fuentes de financiamiento para proteger los derechos reconocidos. Y en los casos en que sí se incluye en el cuerpo legal, esta disposición a menudo no se respeta. Ello restringe las posibilidades de acción de los organismos rectores del tema y de la institucionalidad pública en su conjunto para ampliar los niveles de protección de los derechos en la vejez.

Los derechos de las personas mayores derivan de la centralidad de la dignidad humana, por lo cual exigen una tutela y promoción permanente, que no debe depender de la reserva de lo posible o de las disponibilidades del presupuesto estatal, sino del derecho fundamental a una buena administración y a una administración efectivamente servicial.

Por último, es importante señalar que el marco legal es el correcto, pero la sociedad aún no lo ha internalizado culturalmente. Es nuestra conducta, nuestro hábito cultural, el que acepta o rechaza lo que plantea la ley. Son numerosas aún las expresiones discriminatorias sobre la vejez. No se fomenta el respeto al curso de la vida. Por el contrario, el prejuicio hace que la toma de distancia se convierta en el primer paso del camino que nos aleja del otro. Todo ello debe cambiar.

El Estado –con su andamiaje institucional y sus programas de acción y de comunicación- y los numerosos actores de la sociedad deben comprometerse a favor de un genuino cambio de paradigma cultural sobre la vejez, que garantice igualdad de trato, basada en el derecho a la dignidad en todas las etapas del curso de vida.

 


Néstor E. Fernández

Ing. Néstor E. Fernández
Presidente de OSMISS

Imagen de Lic. Luis Quici

Lic. Luis Quici
Presidente de FIPeM